Los asuntos legales en donde existen menores de por medio son muy delicados, en esta ocasión, hablaremos un poco sobre la pensión alimenticia.
A lo largo de mi trayecto profesional, me he encontrado con madres que me dicen que a ellas no les interesa la pensión, ya que pueden solventar los gastos de sus hijos por que sus ingresos son mucho mejor que el del padre de los niños, también me he encontrado con padres que se escandalizan al saber que se les esta solicitando la pensión alimenticia, en estas situaciones existen un sin fin de matices, también hay madres que la solicitan por que no les es suficiente con sus ingresos para la manutención y otras que la solicitan con la finalidad de que le "duela la bolsa al padre de los niños", de igual forma, hay padres que realmente no pueden aportar lo suficiente, pero aportan, y otros que incluso cuando se enteran de la pensión pretenden que se les compruebe que los niños en verdad la necesitan.
En torno a estos diferentes matices, se pierde de vista algo my importante, la pensión es un derecho de los niños, la cual es irrenunciable, ya que de ella depende la supervivencia de un ser humano que aún no es capaz de valerse por si mismo; por ello es que los abogados debemos poner énfasis cuando asesoramos a nuestros clientes, no podemos prometer cosas fuera de la realidad, en otras ocasiones he escuchado un sin fin de veces en las que los hombres dicen " el abogado dijo que me saliera de trabajar para no dar la pensión" o también a las mujeres "le voy a pelear todo para que le duela".
Insisto, no es cuestión de desamparar a un hijo, la pensión se tiene que dar si o si, pero tampoco es cuestión de empobrecer al otro con la solicitud de ella, no es cuestión de desquitarse, tenemos que entender que los derechos que le asisten a los infantes son para su protección, no para el desquite de los conflictos que viven los adultos.
No está de más mencionar que hay porcentajes y topes mínimos y máximos para la solicitud y cumplimiento de la pensión alimenticia, pero estos gastos deben ser comprobables, pues también dependerá de el nivel de vida que se logre acreditar para darle los elementos necesarios a los jueces y se establezca el monto de una pensión.
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